Nemesio Antonio Pisonero Domínguez era profesor de matemáticas en Laguna de Duero (Valladolid). Su esposa, también docente, compartía con él una vida estable, marcada por la rutina funcionarial y el prestigio académico.
Pero el 25 de agosto de 1998, Pisonero disparó a quemarropa a su esposa en el rostro. Su hijo mayor, de 21 años, intentó defenderla y recibió tres tiros en el pecho. Ambos murieron. El hijo menor, testigo del horror, sobrevivió. El crimen no fue fruto de un arrebato: fue una ejecución deliberada, con armas adquiridas y preparadas. La investigación reveló una dinámica de control, resentimiento y planificación.
Pisonero. Condena y disociación legal
El juicio celebrado en 2000 lo condenó a 32 años de prisión, aunque el Tribunal Supremo rebajó la pena a 26 años, con una aplicación efectiva de 20. La condena fue clara. Lo que convirtió el caso en símbolo anómalo fue posterior: mientras cumplía condena, Pisonero solicitó y obtuvo la pensión de viudedad de su esposa. No fue un error administrativo. Fue consecuencia de la legislación que no contemplaba la exclusión automática de beneficiarios condenados por asesinato si la sentencia no era firme en el momento de la solicitud. La administración no tenía mecanismos para cruzar datos entre condenas penales y prestaciones sociales. El resultado fue una disociación entre justicia y legalidad: el asesino cumplía condena mientras cobraba por la muerte que él mismo había provocado.
La paradoja del beneficio
Durante más de una década, Pisonero cobró una pensión pública derivada del asesinato que él mismo había cometido. La cifra mensual superaba los 800 euros y se sumó a su propia pensión de jubilación, alcanzando los 2.400 euros. El Estado, en su literalidad normativa, reconocía como viudo a quien había matado a su esposa. La ley no solo no lo impedía: lo legitimaba. La pensión de viudedad, concebida como salvaguarda para los sobrevivientes, se convertía aquí en una renta del crimen. La ley penal lo encerraba; la ley administrativa lo premiaba.
Permisos, tercer grado y la sombra de la impunidad
En 2007, Pisonero comenzó a disfrutar de permisos penitenciarios. En 2009 accedió al tercer grado, lo que le permitía salir de prisión diariamente y regresar solo para dormir. La Junta de Tratamiento se opuso, pero la Audiencia Provincial lo autorizó, argumentando que había cumplido parte de la condena y abonado las indemnizaciones. El asesino de su esposa y su hijo mayor caminaba libre por las calles mientras cobraba una pensión derivada del crimen. La paradoja era tan legal como insoportable.
La reforma que no llegó a tiempo
La Ley Integral contra la Violencia de Género, aprobada en 2004, introdujo cláusulas para impedir que los agresores se beneficiaran de sus crímenes. Pero el caso Pisonero era anterior. La orden ministerial de 1967 que regulaba las pensiones no contemplaba supuestos tan extremos. El Ministerio de Economía estudió fórmulas para revocar la pensión, pero se topó con la seguridad jurídica del beneficiario. El principio de irretroactividad protegía al asesino. La ley, en su afán garantista, se volvía cómplice involuntaria.
Pisonero. Justicia como ficción normativa
El caso es una advertencia. Muestra cómo el sistema legal puede utilizarse en contra de sus propios fines si no se articula con criterios de justicia material. La ley, sin interpretación crítica, puede legitimar lo intolerable. La pensión del asesino no fue un error: fue una consecuencia lógica de un sistema fragmentado. La lección no está en el escándalo, sino en la necesidad de una reforma que conecte el derecho penal con el derecho social y que impida que el crimen se convierta en renta.
¿Sería posible hoy?
Aunque la legislación ha avanzado, hoy podría repetirse una paradoja similar si concurren ciertos vacíos normativos y administrativos.
Si un agresor solicita la pensión de viudedad antes de que exista una condena firme, y la administración no cruza datos penales con los registros de prestaciones, el sistema podría reconocerle como beneficiario legítimo.
Además, en casos de homicidio fuera del marco de la violencia de género, la exclusión automática no siempre se aplica, y la interpretación judicial puede abrir resquicios. La ley ha mejorado, pero sigue fragmentada: sin una coordinación efectiva entre justicia penal y seguridad social, el crimen aún puede convertirse en renta legal.
Es decir, volverá a pasar, no por error, sino por la impasibilidad legislativa.
No hay información pública sobre la situación penitenciaria actual de Pisonero, pero en la cárcel de hablarydecir está condenado a perpetuidad sin ningún beneficio penitenciario.




